domingo, 10 de mayo de 2020

¿Qué es el derecho natural?


Se llama derecho natural a una doctrina de tipo ético y jurídico que defiende la existencia de ciertos derechos propios y particulares de la condición humana, es decir, ciertos derechos fundamentados en la naturaleza misma del ser humano y que por lo tanto resultarían inalienables. Este tipo de derechos serían universales, además de anteriores y superiores a cualquier otro ordenamiento jurídico.

Al mismo tiempo, el derecho natural es considerado una de las fuentes del derecho, junto a la costumbre (consuetudinario) y al derecho escrito (positivo), ya que sus postulados nacen junto con el ser humano, y por ende son la base de los Derechos Humanos Universales como los entendemos hoy en día.

El derecho natural tiene antecedentes antiguos, en las exploraciones filosóficas de la Grecia clásica, en especial de Platón y Aristóteles; pero sus primeras formaciones provienen de la Escuela de Salamanca durante el Siglo de Oro español, y fueron luego tomadas y reformuladas por teóricos del calibre de Thomas Hobbes, John Locke, Jean-Jacques Rousseau en sus escritos. La transición entre las vertientes antiguas y el iusnaturalismo moderno lo constituye la obra del holandés Hugo Grocio (1538-1645).

Incluso doctrinas religiosas como la cristiana tienen puntos en común con el iusnaturalismo, en el sentido de que admiten en los seres humanos “una ley escrita en sus corazones”, que en este caso habría sido dictaminada por Dios directamente. En todo caso, se trata de leyes enteramente humanas y previas a cualquier forma de organización judicial o régimen político.

domingo, 3 de mayo de 2020

¿Qué es la universalidad de hechos en materia legal?

Conjunto integrado por diversas cosas o bienes, pero que es factible de dividir, separar o sustituir con otras semejantes nuevas. La glosa de los canonistas la llamaban "universitates rerum" o "corpórea". Según doctrina tradicional entran en el concepto tanto los elementos animados (v.gr. un rebaño) como los inanimados (un almacén de mercaderías) (Bonfante).
(Fuente: ARGERI, Saúl A. y ARGERI GRAZIANI, Raquel C.E., Diccionario de Ciencias Jurídicas Sociales. Comerciales, Empresariales, Políticas. Mercosur, Tratados Internacionales, Ed. La Ley, Buenos Aires, 1999, p. 712).

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