Derecho Civil
CONTENIDO:
1 ¿Cuál es la definición de servidumbre?.-
2 ¿Cuáles son los caracteres jurídicos de la servidumbre?
3 ¿Cuáles son las clases de servidumbre?.-
4 ¿Cómo se extinguen las servidumbres?
1 ¿Cuál es la definición de servidumbre?.-
Es un derecho que confiere ciertos usos sobre un fundo ajeno, denominado sirviente a favor de otro llamado dominante por el cual se limitan los derechos del titular.
2 ¿Cuáles son los caracteres jurídicos de la servidumbre?
- Son derechos inmuebles accesorios; ya que se transfieren con la propiedad y n por si solas, puesto que se encuentran unidas al fundo dominante.
- Son perpetuas por regla, pero por voluntad de las partes pueden ser excepcionalmente temporales.
- Irredimibles, es decir no pueden ser rescatadas por el dinero.
- Indivisibles; `porque no pueden ser divididas en cuotas o en partes.
3 ¿Cuáles son las clases de servidumbre?.-
Se tiene la siguiente clasificación:
3.1 Por su objeto
- Positiva;; implica un uso directo sobre el fundo.
- Negativa; se refiere a una conducta de “no hacer” es decir una abstención.
3.2 Por su carácter
- Continuas; son aquellas que se ejercen sin un hecho actual del hombre
- Discontinuas; Son las que para ejercerse se requieren hechos actuales del hombre.
- Aparentes, son aquellas que se anuncian por signos exteriores.
- No aparentes; son aquellas que no demuestran signos visibles que muestren su existencia.
3.3 Por su constitución
- Forzosas; son aquellas que surgen de una resolución judicial, aun en contra de la voluntad de las partes. Ejemplo la servidumbre de paso.
- Voluntarias; son aquellas pueden constituirse por la voluntad de las partes o por testamento.
4 ¿Cómo se extinguen las servidumbres?
La servidumbre puede terminar por las siguientes razones:
a) Confusión; es decir cuando se presente en un mismo propietario la calidad de fundo sirviente y fundo dominante, es decir cuando ambas propiedades se reunieron en un mismo propietario. Esta situación se puede dar por efecto de la compra venta, de donación o de abandono de la propiedad.
b) Falta de utilidad e imposibilidad de uso, es decir cuando opera la prescripción, cuando la servidumbre dejo de usarse por el tiempo de cinco años.
c) Desaparición del objeto; ya que si no existe el objeto el derecho de servidumbre también desaparecerá, por ejemplo en el caso de cableados, si estos desaparecen la servidumbre también.
BY: R.c
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