CONTENIDO.
1.3 Efectos y alcances de la nulidad
4 Otras formas de Extinción del Acto Administrativo:
5 Dos Principios Rigen la Teoría de Invalidez:
6 Conservación del Acto Defectuoso:
1 Nulidad Absoluta
Nulidad Absoluta: AJ carece desde el inicio de efectos jurídicos. Se declara por sentencia declarativa (la cual no es necesaria).
1.1 Características
- - Ineficacia intrínseca
- - Carece ab initio de efectos jurídicos
- - Se puede declarar de oficio
- - Erga Omnes
- - Nulidad de actos ulteriores causados por el acto nulo.
1.2 Causales
- La ley ha previsto causales de nulidad absoluta (Art. 10) (Pero igual se necesita que la nulidad sea declarada ¿q raro?).
- - La contravención a la constitución, las leyes o las normas reglamentarias
- - el defecto o la omisión de alguno de los requisitos e validez del acto administrativo (Art. 3) que se presente alguno de los supuestos de conservación del acto al que se refiere el Art. 14 a 16, este es un supuesto de interpretación.
- - Los actos expresos o los que resulten como consecuencia de la aprobación automática (basta cumplir ciertos requisitos y con al firme se presume su aprobación. También hay una situación de evaluación previa, donde se necesita un pronunciamiento, donde el silencio puede ser positivo o negativo) o por silencio administrativo positivo, por los que se adquiere facultades o DDS, cuando son contrarios al ordenamiento jurídico o cuando no se cumplen con los requisitos, documentación o tramites esenciales para su adquisición.
- - Los actos administrativos que sean constitutivos de infracción penal o todos los que se dicten como consecuencia de la misma.
1.3 Efectos y alcances de la nulidad
- - Es declarada por el superior jerárquico
- - Es retroactiva, salvo 3 de buena fe
- - Acto declarado nulo, no obliga
- - Si Acto esta consumado o es imposible retraer sus efectos, solo se indemniza. Si acto administrativo no puede ser declarado nulo porque se han consumado sus efectos el funcionario indemnizará por esos efectos.
- - Nulidad de actos sucesivos vinculados al acto declarado nulo también será nulo.
- - Apelación trae nulidad, pues esta es un medio de defensa en done se alega la nulidad, ya que no existe recurso de nulidad.
2 Nulidad relativa
Anulidad: nulidad relativa susceptible de confirmación o convalidación tacita o expresa o por transacción de tiempo.
- - Libre arbitrio y seguridad jurídica
- - Nulidad solo a instancia de parte interesada
- - Fuente obligacional esta en voluntad. La parte puede decidir si quiere celebrar AJ a través de la confirmación de modo que el actos e libera del vicio.
- - Ley no ah previsto causales entonces cabe aplicar supletoriamente la ley.
3 Inexistencia:
- - Non Avenus, es decir, no ingresa a la orbita del DD
- - Contra vicios obvios no previstos en la ley
- - Fuerza integradora (función creadora) que aparece en situaciones no previstas. Ej. Matrimonio gay.
- - No goza de presunción e legitimidad por vicios graves o manifiestos sin causal de nulidad previsto en la ley.
4 Otras formas de Extinción del Acto Administrativo:
- - Cumplimiento del objeto, acto administrativo pierde eficacia.
- - Imposibilidad sobreviviente, Acto Adm. deviene en imposible jurídico, físico o material
- - Expiración del plazo
- - Acaecimiento de la condición resolutoria
- - Renuncia
- - Rechazo o declinatoria
- - Revocación
- - Declaración de nulidad o inexistencia
- - caducidad.
5 Dos Principios Rigen la Teoría de Invalidez:
- - Presunción de Legitimidad: Validez se presume. (Art 8 y 9) de modo que aunque haya un vicio que traiga nulidad el acto es considerado valido hasta que se establezca nulo.
- - Acto “Favor Acti”: operador del DD debe buscar la conservación del acto. Si hay 2 interpretaciones (uno que afirma su validez y otra su nulidad) opera el que acepta su validez.
6 Conservación del Acto Defectuoso:
- - Contenido impreciso o incongruente con motivación
- - Motivación insuficiente o imparcial
- - Vicio de forma no esencial
- - Si hubiera tenido el mismo contenido
- - Omisión de documentación no esencial
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