CONTENIDO:
1 INTRODUCCIÓN.
2 ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS.
3 DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE.
4 PACTO DE SAN JOSÉ DE CONSTA RICA. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
1 INTRODUCCIÓN.
Para ingresar en el estudio di Sistema Interamericano corresponde ubicar como se aplican las normas jurídicas, a este efecto debemos preguntarnos Cuáles son las características de América Latina, obstáculos y finalidades. Los problemas esenciales de América Latina radica en: Dependencia económica, política, desigualdades sociales, pobreza, retardo en la tecnología y ciencia.
2 ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS.
La Carta de la OEA fue firmada el 2 de mayo de 1948, cuyo preámbulo determina que:"Ei sentido de la solidaridad americana debe ser coordinar un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en los derechos del hombre, sin discriminación de raza, nacionalidad, sexo o credo".
3 DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE.
Fue aprobada por la IX Conferencia Internacional Americana realizada en Bogota ,en 1948 la misma que dispuso la creación de la OEA. Pero su valor jurídico ha sido discutido debido a que no forma parte de la Carta de la OEA ni tampoco considerado como Tratado. Y este a diferencia de la DUDH incluye no solo derechos sino también deberes.
CONTENIDO. Esta antecedida por el Preámbulo, considerando los motivos para sancionarla apuntando a la necesidad de que los Derechos Humanos no queden solo como normas sometidas al Derecho Interno de cada país sino que se conformen como un Sistema de Protección Internacional. Tiene 2 capítulos, el primero dedicado a los derechos y el segundo a los deberes, integrada por 38 artículos.
PREÁMBULO. Comienza con la frase Todos los Hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y establece principios básicos referidos a los derechos humanos y deberes que ellos conllevan y a su sentido moral.
CAPITULO I. DERECHOS. Integrada por 28 artículos dedicados a los siguientes derechos:
Derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad e integridad de la persona, a la libertad religiosa y culto, libertad de opinión, expresión y difusión, protección a la. honra, reputación personal, y vida privada y familiar, a la constitución y protección de la familia, protección a la maternidad e infancia, libertad de residencia y tránsito, inviolabilidad de domicilio y correspondencia, derecho a la educación a la salud, cultura, trabajo, descanso, seguridad social, reconocimiento de personalidad jurídica y derecho civil, nacionalidad, sufragio, reunión, asociación, propiedad.
CAPITULO II. DEBERES. Integrada por 10 artículos.
· Deberes ante la sociedad
· Deberes con los hijos - padres
· Deberes de instrucción.
· Deberes de sufragio
· Deberes de obediencia a la ley
· Deberes de servir a la comunidad y a la nación
· Deberes de asistencia y seguridad social
· Deberes de pagar impuestos.
· Deber de trabajo
· Deber de abstenerse de actividades políticas en país extranjero.
4 PACTO DE SAN JOSÉ DE CONSTA RICA. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
Suscrita tras la Conferencia Interamericana de Derechos Humanos 22 de Noviembre de 1969en San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978.
Considerada como base del Sistema Interamericano que establece para los Estados partes del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales por vía legislativa u otros medios apropiados. Los Estados se comprometen a respetar los derechos y libertades, reconocidos y a garantizar su libre y pleno ejercicio de toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna.
CONTENIDO. Tiene un preámbulo y 82 artículos dividido en 3 partes. .
PRIMERA PARTE. Deberes de los Estados y Derechos Protegidos. En la que se detalla los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales
SEGUNDA PARTE. Medios de protección:
· Comisión Interamericana de Derechos Humanos .
· Corte Interamericana de Derechos Humanos
TERCERA PARTE. Establece las disposiciones generales y transitorias, firmas, ratificaciones, enmienda y protocolo.
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